jueves, 12 de agosto de 2010

Acerca de la Polifuncionalidad en el Trabajo


ORD.: Nº 2789/132 de la Dirección del Trabajo

RESUMEN DE DICTAMEN:
No resulta ajustado a derecho estipular en un contrato que los servicios a los cuales se obliga el trabajador obedecerán a un concepto de "polifuncionalidad", si no se señala los trabajos o funciones específicas que ello involucra y si además, su determinación queda sujeta al arbitrio del empleador.

 Dictamen Completo AQUí

No hay comentarios:

Publicar un comentario